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Gobierno nacional entrega la operación y administración del embarcadero turístico a Buenaventura como cumplimiento de los acuerdos con el Comité de Paro Cívico

  • Luego de cinco años de conversaciones con el Comité de Paro Cívico de Buenaventura, el Ministerio de Transporte, junto con el Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), lograron acuerdos con la comunidad para entregar la operación y administración del embarcadero al Distrito de Buenaventura.
  • La entrega de la infraestructura se efectúa una vez adelantado el proceso de restitución de la ANI con su concesionario Terminales Marítimos del Pacífico, y es recibida por el Invías. Esta entidad traslada la operación y administración al Distrito a través de un contrato interadministrativo de comodato, dando aplicación a la Ley 1617 de 2013.
  • Este importante logro hace parte del cumplimiento a los acuerdos pactados con el Paro Cívico, suscritos entre el Gobierno Colombiano y el pueblo de Buenaventura el 6 de junio de 2017.

Cumpliendo con la Ley 1617, el muelle turístico será retornado a la  Alcaldía Distrital de Buenaventura

Tras cien días del Cambio, el Gobierno de la Vida cumple un compromiso que promueve el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del puerto más importante sobre el Pacífico: la entrega del Embarcadero Turístico de Buenaventura al Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico de Buenaventura. Es un hito que se alcanza luego de cinco años de conversaciones infructuosas, que lograron llegar a buen término en tres meses de diálogo y compromiso. El proceso, liderado por el Ministerio de Transporte a través del Instituto Nacional de Vías (Invías), hace parte del cumplimiento de los Acuerdos de Paro Cívico de Buenaventura, suscritos entre el Gobierno Colombiano y el Pueblo de Buenaventura el 6 de junio de 2017.

“Para el Gobierno del presidente Gustavo Petro Urrego, la escucha, el diálogo y la concertación son acciones primordiales a la hora de tratar las problemáticas de las comunidades menos favorecidas, que durante años estuvieron rezagadas. Por eso, no es coincidencia que el Ministerio de los Territorios haya logrado, dentro de sus primeros 100 días de administración, lo que los anteriores no pudieron en años de mandato. La entrega del embarcadero, que se lleva a cabo a través de un contrato interadministrativo de comodato entre el Invías y el Distrito de Buenaventura, le brinda las capacidades al territorio para administrar la infraestructura, garantizar su operación y jalonar el desarrollo turístico de su territorio”, reiteró la viceministra de Infraestructura, María Constanza García Alicastro.

El Gobierno de la Vida entrega la operación de esta infraestructura teniendo en cuenta que era una de las solicitudes del Comité de Paro Cívico. Su administración tiene el potencial de generar recursos económicos al Distrito, como resultado de la intensa actividad que tiene el embarcadero, lo que redundará en Justicia Social para esta región. Además, la operación de este espacio representa un eje fundamental en la consolidación del Pacífico como destino turístico del país.

Vale la pena recordar que, históricamente, esta infraestructura era utilizada para el embarque y desembarque de pasajeros. Teniendo en cuenta que la llegada de visitantes a la ciudad viene aumentando como resultado de las necesidades de la ciudad y la evolución de las actividades económicas, amplió su operación para apoyar el desarrollo de actividades turísticas que consolidan a Buenaventura como nodo de conectividad hacia las diferentes playas y destinos de interés de la región.

Lo que viene para Buenaventura

Con la entrega del embarcadero al Distrito de Buenaventura, el Ministerio de Transporte adelanta la recuperación y restitución de este bien de uso público por parte de concesionario Sociedad Portuaria Terminales Marítimos del Pacífico S.A., quienes lo administraron desde 2017, y transfiere su administración y operación reconociendo lo siguiente:

  1. Se encuentra en la obligación de servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, incluyendo el derecho fundamental a la circulación (Artículos 2 y 24, Constitución Política de Colombia).
  2. El manejo y administración de los bienes de uso público que existan en jurisdicción de un distrito, susceptibles de explotación turística, ecoturística, industrial, histórica, recreativa y cultural, corresponde a las autoridades del orden distrital, conforme a las disposiciones legales vigentes (Artículo 79, Ley 1617 de 2013).
  3. Las atribuciones y funciones de los alcaldes de dirigir la acción administrativa del municipio y asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo (Numeral 3, Artículo 415, Constitución Política de Colombia; Numeral 1, Literal d, Artículo 81, Ley 1551 de 2012).
  4. La administración y operación del Embarcadero Turístico de Buenaventura a través del Distrito atañe ventajas como la promoción del desarrollo territorial y apropiación de la infraestructura marítima, la creación de empleo, y la integración de las comunidades ubicadas dentro de la zona de influencia del Embarcadero.

Con estas iniciativas, el Gobierno del Cambio transforma la forma en que los colombianos se movilizan, y crea mayores oportunidades de empleo, inversión y comercio, para mejorar la calidad de vida de los territorios. Estos logros, enmarcados en la Justicia Social, nos permiten avanzar en el camino hacia la Paz Total, impactando positivamente la vida de los colombianos y colombianas que históricamente habían sido ignorados por el Estado.

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