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Comercios que habiliten cicloparqueaderos tendrán beneficios tributarios

 Con el fin de generar mayor oferta de cicloparqueaderos que ofrezcan condiciones de calidad para los ciclistas, la Administración Distrital otorgará descuentos tributarios de hasta el 120% en el impuesto de Industria y Comercio (ICA) a los establecimientos comerciales cuya actividad económica no sea la de plazas de estacionamiento o garajes para automóviles o bicicletas y que implementen módulos de cicloparqueaderos en sus sedes.

  • Así lo establece el Plan Marshall en el cual se otorgan incentivos para la reactivación económica de la ciudad. 
  • El beneficio aplica para los sectores de industria, comercio y servicios, cuya actividad económica no sea la de estacionamientos.
  • Se puede acceder al descuento tributario del ICA hasta por cinco (5) años, contados a partir del siguiente año gravable al que se realicen las inversiones para la habilitación y mantenimiento de los mismos.

Los establecimientos que, adecuen estacionamientos para bicicletas, a partir del Decreto 091 de 2021 y de acuerdo al procedimiento definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM), podrán acceder a un descuento tributario hasta por 5 años, contados a partir del siguiente año gravable al que realicen las inversiones, siempre y cuando, cumplan las condiciones de diseño y calidad establecidos por la Administración Distrital y permanezcan habilitados durante los próximos cinco (5) años contados a partir de su entrada en funcionamiento. 

Para acceder al descuento los comercios deben tener en cuenta:

  • Si tienen entre 12 y 120 cupos de estacionamientos para vehículos, deberán asignar al menos un 25% más de cupos para bicicletas.
  • Si tienen más de 120 cupos de estacionamientos para vehículos, deberán asignar al menos un 30% más de cupos para bicicletas.
  • Si tienen entre uno y 11 cupos de estacionamientos para vehículos, deberán asignar al menos ocho cupos más de estacionamiento para bicicletas.
  • Si no tienen parqueadero para vehículos, deberán asignar al menos seis (6) espacios para el estacionamiento de bicicletas.

Los comercios interesados en aplicar al incentivo deberán cumplir con los requisitos establecidos por el Comité Interinstitucional de Cicloparqueaderos contenidos en el Decreto 091 del 24 de marzo de 2021 en el cual se indica el procedimiento para dar el aval a los proyectos, su seguimiento y control y los motivos de su cancelación.

Otro incentivo que busca beneficiar a los ciclistas

A través del Acuerdo 794 de 2021, el Concejo de Bogotá estableció lineamientos para incentivar la oferta gratuita de cicloparqueaderos en comercios dedicados al servicio de estacionamiento fuera de vía. 

En este caso, los parqueaderos que voluntariamente decidan cumplir con los cupos mínimos que el Distrito determine para el estacionamiento de bicicletas, prestando un servicio gratuito para los usuarios deberán contar con el ‘Sello de Calidad Oro’, bajo la estrategia de cicloparqueaderos de la SDM. 

Los establecimientos que prestan el servicio de estacionamiento fuera de vía, deberán constituir una póliza de responsabilidad civil extracontractual anual por cada uno de los inmuebles dedicados a esta actividad, expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada. 

Esta póliza tendrá por objeto responder ante los usuarios por daños o hurtos que sufran los vehículos, sus accesorios y los artículos personales dejados al interior de los vehículos debidamente reportados, incluidas las bicicletas.

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