Bogotá

Nueva reglamentación para el alquiler de patinetas en Bogotá

La Secretaría de Movilidad publicó el proyecto de resolución con el que busca reglamentar las condiciones para otorgar los permisos de aprovechamiento del espacio público para alquiler de patinetas. Se trata de un documento complementario al protocolo que reglamenta su uso en la ciudad.

Según informó el secretario de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo, esta segunda resolución establece “los requisitos para que quienes quieran desarrollar la actividad de alquiler de patinetas en el espacio público de la ciudad lo hagan bajo parámetros de seguridad vial, gestión social, uso adecuado del espacio público y transmisión de información a la administración distrital”

La nueva reglamentación exigiría a las empresas que quieran alquilar patinetas en la ciudad contar con los documentos básicos de conformación de una empresa como el certificado de la Cámara de Comercio o el Registro Único Tributario, además, deberán contar con pólizas, un plan estratégico de seguridad vial y otro de distribución de la flota, el recibo de pago de a retribución para el desarrollo de la actividad y el reglamento de uso del espacio público.

El proyecto de resolución también incluye detalles que no se dieron en el protocolo como los parámetros para el intercambio de información de movilidad entre las empresas y el Distrito, la forma en que la Secretaría de Movilidad controlará el alquiler y las fórmuulas sobre las que se cobrará el uso del suelo a los operadores.

Tras la publicación del proyecto en la página de la Secretaría de Movilidad, se tendrá abierta, hasta el próximo 5 de julio, la posibilidad de presentar opiniones, observaciones y proyectos alternativos a través del correo amanaya@movilidadbogota.gov.co.

En abril de este año el Distrito dio a conocer el protocolo bajo el cual se reglamenta el uso de patinetas en la ciudad. En él se establecen las zonas de estacionamiento para la prestación del servicio, que no podrán ser adecuados sobre vías, frente a rampas, embajadas, instituciones militares, bancos, entradas de hospitales o acceso a predios.

En materia de seguridad, el documento obliga al cumplimiento de las normas de seguridad vial ya establecidas y a velar por la protección de los derechos de los usuarios del servicio prestado. Así mismo, se debe facilitar el acceso en los aspectos de tarifas, inscripción, medios de acceso a una bicicleta o patineta, medios de atención y medios de pago.

Finalmente, obliga a los operadores a adoptar un modelo para la atención de siniestros y emergencias consistente en mantener disponible las 24 horas del día a una persona con poder de decisión, que ejerza como contacto con la Secretaría de Movilidad y autoridades de tránsito, para atender dichas situaciones.

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