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Las nuevas regulaciones de visa colombianas entran en vigencia a partir del 15 de diciembre


El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia ha simplificado el proceso de inmigración al reducir el número de categorías de visa de 21 a tres.


A partir del 15 de diciembre, aquellos que planean visitar, trabajar o residir permanentemente en este país podrán postularse para una de las siguientes tres categorías: Visitante (V), Migrante (M) o Residente (R). En la Resolución 6045 del 2 de agosto de 2017, el Ministerio de Asuntos Exteriores estableció estas nuevas disposiciones para simplificar y racionalizar el procedimiento de inmigración y ofrecer un descanso a los extranjeros que intentan navegar por las diversas categorías. Entonces, aquí hay un desglose de las nuevas categorías de visa:


1. Visitante (V): entregado a un extranjero que quiera visitar Colombia, una o varias veces. La visa es válida por un año y podría extenderse hasta dos. La visa permite una estadía temporal para aquellos que requieren tratamiento médico. Si es corresponsal de un medio de comunicación internacional, esta visa le permite residir en Colombia hasta por un año. Esta visa también le permite al titular llevar a cabo, entre otras actividades, administración comercial, estudios de mercado, planes de inversión directa o procedimientos para la creación de una compañía registrada.


2. Residente (R): Para aquellos que aspiran a establecer o arreglar su residencia permanente en Colombia.


3.Migrante (tipo M): cualquier extranjero que desee ingresar o permanecer en el país con la intención de establecer una residencia, pero que no cumpla con las condiciones para solicitar una visa tipo “R”. Esta visa se otorgará a los padres de un ciudadano colombiano, así como a los ciudadanos de las naciones del Mercosur, en virtud del Contrato de Residencia Temporal, así como a los extranjeros con estatus de refugiado.


Es importante tener en cuenta que todas las visas emitidas antes del 15 de diciembre mantienen su validez y condiciones. El titular debe solicitar una nueva categoría de visa solo cuando expire su visa actual. Los procedimientos para el procesamiento de visas tampoco cambian. El uso del sistema electrónico implementado en Colombia desde 2013 facilita la solicitud de visa completa en una plataforma digital, así como la solicitud de la tarjeta de identificación oficial – cédula de extranjería – con Migración Colombia después de que se haya aprobado la visa.


Las tres visas pueden procesarse en consulados en el exterior o en la Oficina de Visas en Bogotá. Los extranjeros de países con los que Colombia no requiere una visa pueden continuar visitando el país por el tiempo establecido, y como lo han estado haciendo, siempre que el propósito de la visita sea el turismo y las actividades no remuneradas.


Con la excepción de ciertas profesiones reguladas, las visas M y R son su boleto de entrada a una vida en Colombia y ya no restringen lo que puede hacer en términos de trabajo. Sin embargo, si la persona no califica para estas dos categorías, pero está interesada en trabajar en Colombia, puede obtener un permiso en la visa de visitante para trabajos temporales, ocasionales o de corto plazo. Después de dos años con una visa M, uno puede solicitar el estado de residente, y eso se validará cada cinco años, como una cédula. En todas las categorías mencionadas, uno debe informar en la aplicación quién será su empleador o contratista.


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