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Las bases definitivas para acceder al aborto legal con la nueva resolución

Minsalud publicó borrador de resolución que fija parámetros, conceptos y rutas de atención. La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) está despenalizada en Colombia para tres casos específicos desde hace 13 años.

Sin embargo, la Corte Constitucional en conjunto al Ministerio de Salud el 24 de abril pasado, a través de la sentencia 096, expidió una resolución de unificación de la jurisprudencia en esta materia en un plazo de seis meses, que se cumplen este jueves.

En ese sentido, hace pocos días el Ministerio emitió un borrador de resolución, cumpliendo la orden de la Corte, que aclara conceptos, define competencias y establece rutas claras de atención para las mujeres que quieran acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en un contexto de integralidad, oportunidad, suficiencia y seguridad para las solicitantes dentro del sistema de seguridad social.

Por otra parte, el borrador establece que no puede haber persuasión del personal de salud en la decisión, que se deben seguir protocolos para establecer si se cumple cualquiera de las tres causales permitidas, que no se pueden exigir requisitos adicionales a los exigidos, que se deben capacitar a los profesionales en temas de género e IVE y que a este derecho se puede acceder en cualquier edad gestacional.

Por otra parte, unifica los elementos en torno a la objeción de conciencia y deja en claro que los profesionales de la medicina pueden eximirse de practicar la interrupción del embarazo por esta razón “si y solo si se garantiza la prestación de este servicio en condiciones de calidad y de seguridad para la salud y la vida de la persona gestante que lo solicite, sin imponerle cargas adicionales o exigirle actuaciones que signifiquen obstaculizar su proceso”.

En ese sentido, se indica que la objeción de conciencia puede ser presentada únicamente por el personal que realiza directamente la intervención y nunca por el personal que realiza funciones administrativas, ni de quien lleve a cabo las actividades preparatorias de la intervención o tenga a su cargo actividades posteriores.

Y el borrador de resolución define igualmente sanciones para quienes interpongan barreras de acceso a este derecho.

Esta resolución se encuentra publicada a la espera de comentarios de los interesados, para lo cual solicita a la Corte un plazo de dos meses adicionales para que quede en firme.

https://www.eltiempo.com/uploads/files/2019/10/23/Proyecto%20Resolucion%20Interrupcion%20Voluntaria%20Embarazo%20Casos%20Despenalizados.pdf

Estos son algunos de sus principales puntos:

-Se deben garantizar y prestar con calidad

-Se deben garantizar que la prestación del servicio para la IVE se haga con privacidad

-Se deben adoptar protocolos de diagnóstico oportuno

-Se debe contar con profesionales de la salud

-Se deben organizar adecuadamente sus servicios

-Se debe garantizar el funcionamiento de un sistema de referencia y contrarreferencia

-Abstenerse de generar barreras que den lugar a la dilación de la prestación

-Se debe entregar y publicar periódica y activamente información

 

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