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La Nación fue condena por la masacre paramilitar de El Salado

El Tribunal Administrativo de San Andrés y Providencia condenó a la Nación por su responsabilidad en el asesinato de 33 personas en El Salado, Carmen de Bolívar, realizada por paramilitares de los bloques Norte y Héroes de Montes de María, al mando de alias Jorge 40 y Juancho Dique. Por este crimen de lesa humanidad, ocurrido en febrero de 2000, el Estado deberá indemnizar patrimonialmente a los familiares de las víctimas con un pago de $22.000 millones.

La sentencia, en la que halló responsable al Ministerio de Defensa, la Armada y Policía por dejar en estado de indefensión a los pobladores de El Salado, también ordenó al Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) que realice un documental en el que difunda la realidad de lo ocurrido en la masacre de El Salado. A su vez, el Estado tendrá que instalar una placa conmemorativa y una obra artística, cuyos diseños estarán a cargo de las comunidades que sobrevivieron al baño de sangre.

Se ordenó también a estas instituciones del Estado publicar la sentencia en sus respectivas páginas web e incluir el fallo en sus cursos de derechos humanos y de DIH para prevenir que estos hechos se repitan. En julio de 2018, la Corte Suprema dejó en firme la condena de 13 años de prisión en contra el capitán de la Armada, Héctor Martín Pita Vásquez, quien en su momento no habría desplegado las acciones militares para detener a los paramilitares que ejecutaron el ataque.

La sentencia señala que “se trataron de homicidios que contravinieron el derecho interno, el derecho internacional humanitario, puesto que las víctimas fueron golpeadas, amenazadas, acusadas y sometidas de manera degradante y arbitraria, delante de sus familiares, vecinos y amigos, para luego ser separados de ellos, retenidos en contra de su voluntad y asesinados, lo que implicó actos crueles en su contra y en contra de quienes fueron testigos de tales hechos”.

“Dichas muertes y las de las demás personas que fueron asesinadas en los acontecimientos, corresponden a ejecuciones arbitrarias y extrajudiciales, las cuales sucedieron en un marco situacional en el que salta a la vista, actos de tortura ejecutados materialmente por miembros de las Autodefensas, habida cuenta que se aseguraron de que sus comportamientos causaran dolor y sufrimiento físico y mental, y que fuesen percibidos como una consecuencia de la supuesta colaboración que las víctimas habían prestado a la guerrilla”, indica el documento.

En ningún momento, señaló el tribunal, se evidenció que las 33 víctimas mortales hicieran o hubiesen sido colaboradores del grupo subversivo de las Farc. Por el contrario, se probó que fueron puestos en estado de indefensión para ser asesinados. El fallo nace a raíz de una acción de reparación directa interpuesta por Alfonso Alvis Badel, en representación de las familias de las víctimas en el cual también se narró como los paramilitares contaron con el apoyo de helicópteros de la Fuerza Pública para perpetrar el crimen.

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