Politica

Fallo que dejó sin curul a Antanas Mockus quedo suspendido

Antanas Mockus recuperó, de manera provisional, su curul en el Senado. La decisión la tomó el Consejo de Estado, tras aceptar la acción de tutela interpuesta por Mockus, a través de su abogado Humberto de la Calle. El pasado 11 de abril, el mismo Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Mockus, quien se lanzó con el aval de la Alianza Verde, por dos contratos celebrados entre Corpovisionarios y el Estado en 2017.

El alto tribunal decidió “suspender los efectos de la sentencia proferida el 11 de abril de 2019, por medio de la cual se declaró la nulidad de la elección de Antanas Mockus como senador de la República para el periodo 2018-2022”. En la tutela en contra del fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado, interpuesta el pasado 22 de abril, el exalcalde de Bogotá consideró que con la decisión que lo dejó sin curul, se estaría vulnerando derechos fundamentales de Mockus y de “más de 500.000 ciudadanos que depositaron su confianza en él y lo eligieron como senador”.

La tutela fue sustentada en tres puntos: primero, que la Sección Quinta no era competente para pronunciarse sobre el tema; segundo, que se estaría violando el derecho al debido proceso, pues en otra decisión, el Consejo de Estado ya se había pronunciado respecto de la elección de Mockus, y tercero, que la inhabilidad por los contratos no le atañía al exalcalde de Bogotá, debido a que “él no intervino en gestión de negocios ante entidades públicas ni celebró contratos en interés propio o de terceros”.

En la acción de tutela, De la Calle insistía en la necesidad de que se decretaran las medidas provisionales, ante “la inminencia de un perjuicio irremediable, pues de no suspenderse la mencionada providencia podría ser ejecutada de inmediato, cesando mi representado en el ejercicio de sus funciones como Congresista y tornando inocua la eventual protección de los derechos fundamentales invocados”.

La Sala de lo Contencioso Administrativo consideró que era necesario decretar las medidas provisionales a favor de Antanas Mockus, porque “la medida de suspensión de los efectos de la sentencia proferida por la Sección Quinta que anuló la elección del senador Antanas Mockus está encaminada a proteger su derecho fundamental al debido proceso (…) y a lograr la efectividad de la sentencia que resuelva la solicitud de amparo constitucional”.

Añadió también la decisión que “la medida provisional consistente en la suspensión provisional de los efectos de la sentencia de nulidad electoral tiene el efecto directo de proteger los derechos fundamentales presuntamente vulnerados”, es decir, los de la garantía al non bis in idem (no ser juzgado dos veces por un mismo hecho), al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a participar en la conformación, ejercicio y control del poder público.

La Sección Quinta del Consejo de Estado “canceló la credencial” que acredita a Antanas Moclus como congresista, porque, según argumentaron los magistrados, estaba viciada de nulidad. Todo a raíz de los contratos que Corpovisionarios, una entidad sin ánimo de lucro que fundó el exalcalde de Bogotá, celebró con el Estado en 2017, lo cual inhabilitaba a Mockus para ser elegido en cargos populares, porque era él quien figuraba oficialmente como representante legal de la organización, según se lee en el fallo.

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