Politica

Ángela María Robledo presentará para recuperar su curul

Como lo había anunciado, la exrepresentante por la Colombia Humana, Ángela María Robledo, radicará mañana una acción de tutela para regresar al Congreso, entre otras cosas, porque su elección fue dada bajo el Estatuto de la Oposición que determina que la fórmula presidencial que obtenga el segundo resultado electoral tendrá puestos en Senado y Cámara, respectivamente.

El apoderado de Robledo, el exmagistrado y presidente de la Corte Constitucional, Jorge Iván Palacio Palacio, argumentará a través del recurso que se vulneraron los derechos políticos a los más de ocho millones de electores de la fórmula presidencial de Colombiana Humana, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, al ejercicio de los derechos políticos, al desempeño de funciones y cargos públicos y a la oposición.

“Ángela María Robledo Gómez tiene el derecho personal a ocupar una curul en la Cámara de Representantes durante el periodo constitucional 2018-2022”, postuló el exmagistrado. La tutela será radicada a la Sección Quinta del Consejo de Estado, la misma que tumbó la elección de la exrepresentante en un fallo de única instancia.

La decisión de la Sección Quinta determinó que Robledo incurrió en doble militancia, situación que, según el tribunal administrativo, también aplica a quienes llegaron al Congreso gracias al Estatuto de la Oposición. “Se configuró la causal de inegibilidad por doble militancia, pues la ciudadana Robledo Gómez no habría renunciado a la curul que ostentaba la accionante en la corporación pública con doce meses de antelación”, se lee en el fallo.

La decisión de la Sección Quinta determinó que Robledo incurrió en doble militancia, situación que, según el tribunal administrativo, también aplica a quienes llegaron al Congreso gracias al Estatuto de la Oposición. “Se configuró la causal de inegibilidad por doble militancia, pues la ciudadana Robledo Gómez no habría renunciado a la curul que ostentaba la accionante en la corporación pública con doce meses de antelación”, se lee en el fallo.

“La Sección Quinta del Consejo de Estado debió tener en cuenta que la curul en la Cámara de Representantes no le fue otorgada por haberse presentado a las elecciones como candidata al Congreso de la República (supuesto que se encuentra bajo el alcance del artículo 107 C.P.), sino que se trataba de una consecuencia directa del mandato del artículo 112 de la Constitución sobre la oposición política, con todo lo que esto conlleva en cuanto a la eficacia de nuestro sistema democrático; ello a la luz de la voluntad del Constituyente de 1991, a las razones y fines de la reforma constitucional del Acto Legislativo 2 de 2015, y, finalmente, como un desarrollo de contenidos específicos del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera”, explicó Palacio.

La tutela pedirá, además, que se suspenda provisionalmente los efectos de la sentencia mientras se estudia, con el objetivo de que Robledo vuelva a sus funciones como congresistas.

Le puede interesar: Murió Max Wright protagonista de “Alf” , la famosa serie de los 80

Menu Title